Las funciones del tutor de primaria están reguladas por el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación primaria, título III, capítulo IV, artículos 45 y 46 (R.D. 82/1996 de 26 de enero ) y en las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de centros de infantil y primaria, en el apartado de Tutoría (Orden de 29 de junio de 1994, adaptada por la Orden de 29 de febrero de 1996 al nuevo Reglamento Orgánico).
Artículo 46. Funciones del tutor
- Los maestros tutores ejercerán las siguientes funciones:
a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la
coordinación del jefe de estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores egales.
c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.
d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
f) Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la Jefatura de Estudios.
g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
h) Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.
i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.
j) Atender y cuidar a los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
- El Jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial.
Según el real Decreto 200/1997 de 7 de septiembre sobre Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria. Articulo 53.- Funciones del Tutor.
a. Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial.
b. Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y adoptar, junto con el Equipo educativo, la decisión que proceda acerca de la promoción de alumnos y alumnas de acuerdo con los criterios que, al respecto, se establezcan en el Proyecto Curricular.
c. Coordinar, organizar y presidir el Equipo educativo y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.
d. Orientar y asesorar al alumnado sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
e. Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Instituto.
f. Ayudar a resolver las demandas e inquietudes del alumnado y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto del profesorado y del Equipo Educativo.
g. Coordinar las actividades complementarias de los alumnos y alumnas del grupo en el marco de lo establecido por el Departamento de actividades complementarias y extraescolares.
h. Informar a los padres y madres, al profesorado y al alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, con las complementarias y con el rendimiento académico.
i. Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres de los alumnos y alumnas.
j. Cumplimentar la documentación académica individual del alumnado a su cargo.
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